En la orden de 16 de junio de 2005, se establece las bases reguladoras para el reconocimiento de la subvención destinada a sufragar el coste de las obras y, en su caso, de las asistencias técnicas necesarias para mejorar la seguridad y adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan residencia habitual y permanente.
REQUSITOS
- Ser titular de la tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco o tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 40% y movilidad reducida.
- Que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
- Residir, de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de las mejoras.
ACTUACIONES
- Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica.
- Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda.
- Mejora de la seguiridad y adecuación de la instalación del gas.
- Adecuación del ancho de la puerta, así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.
- En los cuartos de baños, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería a las necesidades de la persona solicitante.
- Colocación de pasamanos en los pasillos.
- Cualesquiera otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
Para mayor información y trámite de solicitudes deben dirigirse al Ayuntamiento (Centro de Servicios Sociales) y preguntar por Mercedes.
